La calculadora modela de forma simplificada el periodo hasta los 25 años en una primera formación. Si se debe pensión y durante cuánto tiempo depende del caso concreto: tipo de formación, ingresos propios, independencia y capacidad económica de ambos progenitores.
1. Alimentos para hijos mayores de edad
Por regla general, el derecho a alimentos termina con la mayoría de edad. Excepción: el hijo se encuentra en una primera formación adecuada (escuela, formación profesional, estudios) y depende del apoyo (§ 1610, apdo. 2 BGB). No existe un derecho general «hasta los 25», sino un derecho mientras la formación sea habitual, exigible y aún no esté concluida.
2. ¿Qué significa «hasta los 25» en la calculadora?
En la jurisprudencia y en la tabla de Düsseldorf, para hijos mayores de edad en formación con alojamiento fuera del hogar se suele calcular a menudo hasta los 25 años, si la primera formación aún está en curso. La calculadora utiliza esta magnitud de planificación habitual hasta el 25.º cumpleaños, pero no sustituye un examen del caso concreto por un abogado o un centro de asesoramiento.
3. Prestación por hijos y pensión del excónyuge
La prestación por hijos se paga por regla general hasta los 18 años, y más tiempo en caso de primera formación (detalles en la Agencia Federal de Empleo). La pensión del excónyuge la introduce por hijo; este valor se mantiene en la previsión también para hijos mayores de edad en formación.
4. Obligación propia de alimentos como progenitor monoparental
Para hijos mayores de edad en formación (18 a 25), la calculadora calcula su propia obligación de alimentos: a partir del ingreso neto introducido se determina la necesidad total según la tabla de Düsseldorf, y su pago se simplifica como la mitad de ese importe por hijo. La parte del excónyuge no se vuelve a calcular, sino que se refleja mediante los pagos de pensión introducidos.